LA IDENTIFICACIÓN DEL VIGILANTE DE SEGURIDAD ANTE LA POLICÍA.

nuevo tipMuchas veces pasa. A consecuencia de cualquier intervención, los vigilantes de seguridad avisan a la policía, se resuelve el incidente conjuntamente, y, al final, la policía solicita la identificación a los vigilantes para cumplimentar las diligencias. Y es en este momento cuando surgen los problemas, las diferencias y el roce, que en esta ocasión no hace el cariño, entre unos y otros. Hay policías a los que no les vale la presentación de la T.I.P. del vigilante y le exigen el D.N.I. para hacer constar su nombre, apellidos y domicilio habitual en las diligencias.

Como este tema ya ha sido analizado en numerosas consultas hechas a la División de Formación y Perfeccionamiento de Seguridad Privada y han resuelto a favor de la exigencia de nombre, apellidos y domicilio en sede policial, yo voy a centrarme primero en analizar las consecuencias para el profesional privado de semejante práctica y luego, también, en intentar desvirtuar esa interpretación legal.

Respecto de lo primero, las consecuencias, ¿por qué se identifica la policía solo con su número? Por motivos de seguridad. Motivación que también concurre en el caso de la seguridad privada. Y si no, pregúntesele a un escolta en el País Vasco, por poner un caso. ¿Por qué tiene que soportar el vigilante oír su nombre y apellidos en la sala de espera de un juzgado, ante los supuestos delincuentes, mientras eso no se aplica a sus compañeros públicos? Además, ¿por qué ha de figurar su domicilio habitual en las diligencias y no el de su empresa? Cierto es que aquí el Cuerpo Nacional de Policía, en la resolución de sus consultas, admitía la posibilidad de que el domicilio fuera la sede de la empresa, si bien no lo afirmaba, suele decir que «no se aprecia inconveniente». Vaya, menos mal.

En cuanto a la interpretación que hace Seguridad Privada del artículo 436, en el que se dice que el testigo manifestará su nombre, apellidos, etc., con la sola excepción de testigos protegidos y policías, tengo que decir que en mi modesta opinión, no es cierto. Vamos a ver. Quien, como yo, ha estado en multitud de intervenciones policiales (veinte años dan para muchas), ha visto desfilar a bomberos, psicólogos y médicos identificándose todos ellos con números profesionales y/o de colegiado. Y jamás vi a un policía desairarles diciendo que para él esa identificación no tiene validez. Entre otras cosas porque sabe que esos profesionales no te dan otra y, si quieres y eres más chulo, pues vas y les detienes y les trasladas para identificar. No tengo noticia de que nadie lo haya hecho jamás, claro. En cambio, al vigilante si se le compele bajo amenaza de detención y traslado a aportar esos datos.

Yo creo que esto es injusto y confío en que, con el otorgamiento del carácter de agente de la autoridad que para determinados casos prevé el anteproyecto de la nueva ley, pueda haber una corriente interpretativa que lo corrija. Porque el vigilante se está identificando con una tarjeta profesional expedida por un ministerio español, no adquirida en la tómbola del barrio. ¿Cabe mayor fiabilidad? No es necesario en absoluto aportar su nombre y apellidos. Cuando el juez quiera saberlos, basta solicitarlos a dicha Administración sin que tengan que ser aireados en los pasillos.

Sinceramente, creo que estamos ante una discriminación flagrante de una profesión respecto de otras. Sindicatos, asociaciones y miembros de esta profesión creo que deberían empezar a abordar estas cosillas en la multitud de congresos y negociaciones a las que asisten continuamente. Porque son el día a día y porque son fuente de problemas sobrevenidos. A estas cosas hay que meterles el diente señores.

 

Acerca de César Charro

EXPERTO EN SEGURIDAD, Colaborador de medios de información. Administrador del blog.
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16 respuestas a LA IDENTIFICACIÓN DEL VIGILANTE DE SEGURIDAD ANTE LA POLICÍA.

  1. antonio dijo:

    appirata, Totalmente de acuerdo, es un documento expedido por el ministerio del interior, que más validez se necesita, lo de airear a los cuatro vientos datos personales me parece una temeridad, a ver si los sindicatos meten caña para solucionar este entuerto.

    • Los sindicatos?? jejejejeje, pero estos señores hacen algo por el trabajador?? Yo creo que los sindicatos están como la Casa Real, es decir,en sus horas mas bajas y creo que merecidamente. Lo malo como todo en la vida es que pagan unos pocos por la gran mayoria.

  2. DJ SPY dijo:

    Yo en mi super siempre doy la direccion del mismo o si se ponen muy pesados la de mi empresa.Me identifico solo con mi Tip (antiguo).Ademas la ley de Proteccion de Datos prohibe k el chorizo oiga tus datos personales o los vea en la puerta del juzgado para luego ir a tu casa a darte una paliza o a romperte el coche.

  3. Arantza dijo:

    Yo opino que, si por ejemplo, vas conduciendo, te paran y pidiéndote el DNI sacan que tú eres vigilante de seguridad, de otra forma, si presentas tu TIP en el que viene tu nº de DNI también podrán sacar tus datos personales, digo yo. En cuanto a los sindicatos, mi querido amigo, creo que muchos de nosotros ya no creemos en ellos, los liberados parece que se conforman con no ir a trabajar y a los demás que nos den, ya que de esta situación se tendrían que habaer hecho eco hace tiempo. Cómo siempre los vigilantes no estamos ni considerados por personal con el que hoy en día , en algunos casos trabajamos conjuntamente.

  4. Ana dijo:

    Estoy totalmente de acuerdo con el contenido del escrito……Y esto viene pasando desde hace mucho tiempo. Realmente tendrian que cambiar muchas cosas, esperemos que poco a poco se vayan subsanando todas estas discriminaciones y muchas cosas que se hacen mal en perjuicio de nuestro sector. Cuando se airean nuestros datos por los pasillos de los juzgados se vulneran nuestros derechos de proteccion de datos y me parece vergonzoso que se den este tipo de circunstancias y otras muchas

  5. Pedrito dijo:

    El mayor error considerar compañeros a quienes no lo son; en segundo lugar recordar el aspecto «subordinado» respecto al funcionario policial de turno; en tercer lugar imbéciles e iletrados existen en todos los sectores, aún tratándose de funcionarios opositores, que por otra parte son los que más rápido ascienden.

  6. jpse luis dijo:

    Soy un prfesor habilitado en la formacion y mi pregunya es¿Si me paran en un control y me registran el vehiculo encontrandome todo el instrumental,como me identifico tambien yo?si mi identificacion es una acreditacion .(Dina 4).
    Por favor alguien puede informarme si tambien nosotros tenemos ó no acreditacion de bolsillo,cartera,etc

    • cesarcharro dijo:

      La respuesta a su comentario, por ser de interés general, ha sido publicada en OBSERVATORIO VASCO DE SEGURIDAD, sección 2, EL DEFENSOR DEL VIGILANTE. Haga click en el Blog Roll para volver a Observatorio Vasco de Seguridad y allí consulte la sección 2. Gracias y un saludo.

  7. diana dijo:

    si me para la policia local en un control rutinario o de alcolemia me molesta q yendo en el coche varias personas q he comocido ese dia, los agentes aireen verbalmente mis datos personales ante los oidos de personas ajenas a las que yo no tengo porque justificarme yo no me niego a facilitar mi identificacion ante los agentes pero me niego a que se enteren los demas viajeros del vehiculo que se enteren de mi identidad por culpa de los agentes

  8. manuel dijo:

    AUTO-PROTECCIÓN Eso siempre por delante.Si estoy de servicio como vigilante de seguridad, ningún policía va a ver mi DNI y si me quieren arrestar por eso que lo hagan. Luego ya veremos lo que pasa.

    • antonio ( appirata) dijo:

      TOTALMENTE DE ACUERDO!!! EL TIP ES TAN VALIDO COMO CUALQUIER OTRO DOCUMENTO QUE ES EXPEDIDO POR UN ORGANISMO OFICIAL COMO ES EL MINISTERIO DE INTERIOR.
      A MI EN UN JUICIO AL QUE TUVE QUE ASISTIR POR HABER PILLADO A UNOS CHORIZOS IN FRAGANTI, ME DEJARON SOLO ANTE EL PELIGRO, NI ASISTENCIA JURIDICA, NI PROTECCIÓN DE NINGÚN TIPO, LOS CHORIZOS EN LA PUERTA DEL JUZGADO ESPERANDOME Y NO PARA INVITARME A UN CAFÉ PRECISAMENTE.
      QUE NOS PONGAN EN EL LUGAR QUE MERECEMOS, BASTA YA DE BULOS!

  9. daniel dijo:

    Lo tienen ustedes mas facil. Cuando lleguen a comisaria para tomarles declaracion despues de la detencion o lo k fuese; se pueden negar a que en el atestado policial se pongan sus datos personales por razones de seguridad. Y si no, se marchan de las instalaciines policiales sin hecer la denuncia. En ese caso tendrian k dejar libre al detenido y si no, ponerles su numero profesional y como direccion la de su empresa.
    Se lo digo por que en muchos casos se ha podido hacer sin ningun problema. Visto por mi en persona.

    • Me parece interesantísimo su comentario y muy acertado. Se lo agradezco.

    • Carlos Clos dijo:

      O sea, que primero detienen a una persona y lo trasladan a comisaria, y si le piden que se identifiquen por su DNI se van de la comisaría sin denunciar… pero es que ustedes piensan que en la detencion de una persona ahora la detengo, ahora la dejo en libertad sin más, como si el criterio arbitrario de un VJ o agente de la autoridad decide lo que quiere hacer con el destino de esa persona por encima de los derechos del detenido establecidos en la CE y la LECRIM, por favor hablen con mas criterio y conocimiento de la ley y procuren no cometer violaciones a los DDHH

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